Recientemente he publicado “Elogio del Derecho. Diálogos sobre los fundamentos del Derecho y la justicia” (Arpa, 2026). El contenido de este libro es una conversación ficticia entre un profesor, el “profesor Emeritus”, y dos estudiantes, Álex y Gala, recién matriculados en una facultad de Derecho de la ciudad de Barcelona. Los estudiantes se reúnen con el profesor durante diez tardes para explorar cuestiones jurídicas mientras toman café. Los diálogos versan sobre temas centrales de las distintas ramas del Derecho: los delitos y las penas; los juicios penales; la organización del Estado, la democracia y los derechos fundamentales; las relaciones internacionales; la propiedad privada y el sistema fiscal; el Derecho de daños; los contratos; los juicios civiles. La obra se cierra con una reflexión sobre los problemas generales de interpretación y aplicación del Derecho.
¿Qué me movió a escribir este libro? En primer lugar, la convicción de que el Derecho es la articulación técnica de intuiciones de justicia que comparten todas las personas provistas de una mínima capacidad moral. Ante determinadas situaciones y problemas de la vida, los individuos proponen soluciones que expresan su sentido de lo justo. El Derecho se construye a partir de ellas. La materia prima del Derecho, podríamos decir, se encuentra en esas intuiciones de justicia de la gente común. Sobre la base de esta convicción, he querido elaborar un texto que dirija la atención a los fundamentos de las normas e instituciones jurídicas. El interrogante que se suscita en el libro a propósito de diversos asuntos es siempre el mismo: ¿por qué el Derecho ofrece esta solución a este problema, y no otra? Las preguntas sobre las razones del Derecho invitan a un debate abierto a todos. Los tecnicismos jurídicos no deben ocultar la pulsión por la justicia que late en el Derecho, acerca de la cual todos los ciudadanos tienen algo que decir. En coherencia con ello, está justificado que las instituciones elegidas por los ciudadanos desempeñen un papel central en la producción de las normas jurídicas, como ocurre en los regímenes democráticos.
Ello no significa que se pueda edificar o criticar el sistema jurídico de un determinado país sin conocer los resultados de la historia del Derecho. A lo largo del tiempo, distintas sociedades han ensayado una variedad de fórmulas para afrontar los problemas prácticos, buscando la justicia y la prosperidad colectiva en la organización de la convivencia social. A través del método del ensayo y el error, las comunidades políticas han ido perfeccionando las normas jurídicas. El Derecho sigue presentando múltiples defectos, desde luego, y debe ser sometido constantemente a escrutinio crítico, pero no podemos perder de vista que constituye un depósito de sabiduría que conviene explorar con cierto respeto si no queremos repetir errores del pasado.
Por poner un ejemplo entre muchos, el proceso penal es susceptible de múltiples mejoras, pero antes de reformarlo debemos caer en la cuenta de que su diseño actual obedece a una serie de consideraciones sobre las que la humanidad ha ido reflexionando en el curso de los siglos. La presunción de inocencia, por ejemplo, es un principio básico del proceso penal. Lo primero que hay que hacer es entender bien en qué consiste exactamente la presunción de inocencia, y adentrarse en el campo de las razones en virtud de las cuales este principio se incorporó hace tiempo en nuestros sistemas jurídicos.
En definitiva, el Derecho puede resultar atractivo para cualquier ciudadano dotado de espíritu crítico. Por debajo de la sofisticación técnica del Derecho se desenvuelve una historia interesante de preguntas y respuestas lanzadas desde la razón práctica, que es la parte de la razón que se interroga acerca de qué nos debemos los unos a los otros.
El segundo motivo que me ha impulsado a escribir este libro tiene que ver con mi preocupación por los peligros de la especialización. En las ciencias jurídicas, como también ocurre en las demás ciencias, se advierte una fuerte tendencia a la división del trabajo. La especialización epistémica aporta grandes beneficios, pero existe el riesgo de pérdida de la visión de conjunto. No debemos caer en la “barbarie del especialismo” que denunciaba José Ortega y Gasset. En el mundo académico, es creciente la proliferación de asignaturas sobre sectores jurídicos muy concretos, y las investigaciones y publicaciones de un gran número de expertos en Derecho se dirigen a objetos muy específicos. En consecuencia, los ojos de la mirada sistemática se han ido cerrando. La mayoría de profesionales del Derecho tendrían graves dificultades a la hora de responder correctamente a cuestiones básicas sobre los ámbitos del Derecho ajenos a su especialidad.
Es deseable recuperar la perspectiva panorámica. Se ha dicho a menudo que el sistema jurídico es como una catedral, obra de muchas mentes y manos. Unos se encargan de levantar una columna, mientras otros se ocupan de insertar los vidrios en las ventanas, o de pulir el mármol del suelo, pero es importante que todos los agentes se percaten de que la empresa colectiva en la que participan es la construcción de una catedral. De modo análogo, los abogados, fiscales, jueces, notarios, registradores, profesores, etcétera, que realizan tareas muy concretas en los distintos sectores, deben tener en mente el conjunto de propósitos para los que existe el Derecho. Cada uno de esos profesionales ha de poder ver la catedral que entre todos estamos edificando. Por utilizar una expresión clásica, podríamos decir que una forma de “alienación” moderna, en la práctica de la profesión jurídica, es la ausencia de conciencia de que las leyes buscan satisfacer un esquema coherente de fines. En cada segmento del Derecho hay piezas específicas que se deben poner en conexión con las demás piezas del sistema para entender su razón de ser. ¿Se puede tener una vida profesional satisfactoria si no se contempla la catedral del Derecho que se construye y reconstruye constantemente? Quien solo observa un fragmento sufre alienación profesional.
Por ello, el libro busca poner de manifiesto las interconexiones existentes en el interior del sistema jurídico. Los temas que el profesor Emeritus y los dos estudiantes van explorando en el curso de sus diálogos están engarzados unos con otros. El diálogo se va enriqueciendo según se tratan nuevos temas a la luz de las reflexiones efectuadas en etapas anteriores. Los conceptos y principios que se discuten en un determinado momento se asientan en ideas examinadas en momentos anteriores. Por poner un ejemplo, la responsabilidad civil no se estudia de manera aislada de la responsabilidad penal, sino que se ponen en conexión. Únicamente a partir del análisis de sus semejanzas y diferencias resulta posible comprender cómo funcionan, y qué modificaciones legislativas, en su caso, sería justo introducir al respecto.
Desde un punto de vista formal, he optado por utilizar en el libro la técnica del diálogo, para dar viveza a la idea de que la práctica del Derecho es argumentativa. A menudo las reglas del Derecho pueden ser interpretadas y aplicadas de varias maneras. Existe un espacio para la discrepancia razonable. Además, el Derecho vigente es imperfecto, como ya se ha dicho, por lo que conviene debatir sobre posibles reformas, habiendo aquí también margen para el desacuerdo. En el curso de la conversación, el profesor Emeritus pone de relieve las múltiples cuestiones jurídicas sobre las que existe controversia. Los personajes de Gala y Álex son portadores de visiones opuestas a propósito de algunos temas polémicos. El profesor expresa a veces su punto de vista, dejando las cosas abiertas en otras ocasiones.
Todo ello es compatible, naturalmente, con el hecho de que el profesor transmite a los estudiantes determinados conceptos técnicos e información básica sobre el Derecho positivo. No se trata únicamente de que el lector conozca los distintos argumentos en torno a asuntos jurídicos conflictivos, sino también de obtener ciertos conocimientos fundamentales sobre las reglas y principios que gobiernan las distintas ramas del Derecho.
Con la finalidad de hacer más amena la lectura del libro, se incluyen referencias a la literatura, la música, el cine, las matemáticas, etcétera. El Derecho no se puede desligar de las distintas expresiones de la cultura. Hay cosas importantes del Derecho constitucional, por ejemplo, que se explican mejor con alusiones a Bach, Mozart, Beethoven y Schönberg.
En fin, lo cierto es que la confección de este libro ha exigido una enorme cantidad de horas de investigación, reflexión y escritura. De algún modo, he tenido que estudiar la carrera de Derecho otra vez y familiarizarme con las transformaciones acaecidas en los diversos campos jurídicos en los últimos años. Una empresa de esta envergadura sólo ha sido posible gracias a la enorme generosidad de numerosos colegas y amigos que me orientaron en la selección de la bibliografía que debía consultar, y que leyeron con sumo cuidado las sucesivas versiones del manuscrito. Estoy en deuda con ellos, y quiero aprovechar esta oportunidad para reiterarles mi profunda gratitud por su caluroso apoyo. La experiencia de escuchar sus sugerencias y críticas me ha permitido captar con claridad las ventajas de la conversación interdisciplinar. Estoy persuadido de la necesidad de que, en nuestras facultades de Derecho, se constituyan foros para trabajar sobre problemas jurídicos más allá de las barreras de la especialización. Ojalá este libro contribuya, aunque sea modestamente, a intensificar las relaciones interdisciplinares en nuestras universidades.